El Gobierno vetó por completo la ley de movilidad jubilatoria. Lo hizo hoy mediante el decreto 782/2024, publicado en el Boletín Oficial. Tal como lo había anticipado, el presidente Javier Milei deja sin efecto la norma sancionada por el Congreso, que disponía elevar el haber mínimo y fijaba una nueva fórmula de cálculo de los ingresos de los jubilados.
“A los fines de que el país continúe en la senda de la estabilidad y el crecimiento, corresponde que el Poder Ejecutivo Nacional recurra a la herramienta constitucional del veto total de la iniciativa legislativa que le ha sido remitida”, dice sobre el final el texto publicado.
Ahora, el texto de la ley es remitido de nuevo al Congreso. Según el artículo 83 de la Constitución nacional, cuando se desecha un proyecto sancionado o se lo observa parcialmente, vuelve a la cámara de origen (en este caso, Diputados), que tiene la facultad de insistir con su redacción original. Pasa por comisiones y, de obtener de nuevo dictamen, debe convalidarse en el recinto por mayoría.
Al mismo tiempo, a través de otra disposición publicada en el Boletín, se mantiene para septiembre el bono extra de ayuda a los jubilados y pensionados en $70.000, mismo monto desde hace meses.
Claves de la reforma previsional que vetó Milei
- Recomposición Inicial del 20,6%: se introduce un incremento del 8,1% adicional al 12,6% previamente reconocido, para alcanzar un total de 20,6%. Este ajuste corresponde a la inflación del mes de enero medida por el Indec, que no fue considerada en el empalme entre la fórmula anterior y la del DNU gubernamental.
- Actualización por Índice de Precios al Consumidor (IPC): los haberes jubilatorios se actualizarán siguiendo el IPC del Indec, asegurando que las jubilaciones mantengan su poder adquisitivo frente a la inflación.
- Aumento anual adicional: una vez al año, en marzo, se otorgará un aumento adicional basado en el 50% de la diferencia entre la variación salarial y la evolución de los precios en el mismo periodo, siempre y cuando los salarios hayan crecido más que la inflación.
- Haber mínimo vinculado a la Canasta Básica Total (CBT): el haber mínimo se fijará en 1,09 veces el valor de la CBT del Indec de un adulto. Esto implica que un jubilado que percibe el haber mínimo pasaría a cobrar $285.000.
- Cancelación de deudas con cajas previsionales provinciales: la Anses deberá cancelar las deudas pendientes con las cajas previsionales provinciales. Además, deberá pagar las sentencias firmes a favor de los jubilados utilizando asignaciones específicas de recursos tributarios del organismo previsional, como el impuesto al cheque, el impuesto PAIS y el IVA, en lugar de los fondos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).
- La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) estimó que esta nueva fórmula de movilidad jubilatoria tendría un costo fiscal del 0,43% del Producto Bruto Interno (PBI).