La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorgó en menos de un mes la cantidad récord de 200.000 créditos a tasa cero para monotributistas que representaron una inversión de $ 22.000 millones por parte del Gobierno nacional. «Los créditos a tasa cero son una herramienta que permite apuntalar el proceso de recuperación económica», destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
La funcionaria explicó que «la medida se suma a los distintos instrumentos impulsados por el Gobierno para mejorar la capacidad de consumo de las trabajadoras y los trabajadores».
«A los créditos a tasa cero se suman otras medidas de alivio para monotributistas como la moratoria de hasta 60 cuotas que está disponible hasta el 30 de setiembre», recordó Marcó del Pont.
Los créditos a tasa cero fueron anunciados el mes pasado, y la inscripción a los mismos se abrió el 28 de agosto.
Esta herramienta fue diseñada para apuntalar la recuperación y acompañar a los pequeños contribuyentes con créditos por hasta $ 150.000 acreditados por las entidades bancarias seleccionadas en un solo desembolso en una tarjeta de crédito de cada monotributista.
Los beneficiarios cuentan con seis meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.
Más de 1,5 millones de monotributistas pueden solicitar los créditos, y las condiciones para acceder son las mismas que el año pasado, aunque se modificaron los parámetros de facturación a considerar para ampliar el universo de beneficiarios.
A diferencia de 2020, ahora se fijaron límites menos restrictivos ya que pueden tramitar un crédito a tasa cero quienes hayan facturado hasta un 20% más que el piso de su categoría.
Con los nuevos parámetros se incluye a quienes tuvieron caídas (2020) y se amplía el universo hasta quienes incrementaron su facturación un 20% (2021).
La normativa permite así que seis de cada diez monotributistas «puros» (aquellos que no tienen otra fuente de ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación) estén habilitados para iniciar los trámites.
En aquellos casos que el contribuyente no cumple con las condiciones previstas en la normativa el sistema le informa los motivos por los cuales no le corresponde acceder.
En cuanto al monto máximo de los créditos, es fijo y depende de la categoría en la que se encuentre cada monotributista.
Para la categoría A se pueden solicitar hasta $ 90.000 de crédito; para la categoría B, hasta $ 120.000; y para el resto de las categorías, hasta $ 150.000.
El monto mínimo es $ 10.000 y los fondos se acreditan en una tarjeta de crédito en un solo desembolso.
Quienes no poseen tarjeta de crédito deben seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.
El año pasado se emitieron más de 249.000 tarjetas a monotributistas que solicitaron los créditos a tasa cero.
El servicio web de la AFIP estará habilitado hasta el 31 de diciembre de 2021 y las gestiones ante las entidades bancarias elegidas para solicitar el crédito podrán finalizarse hasta el 20 de enero de 2022.
El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal y luego cliquear en la solapa «Crédito Tasa Cero».
Al ingresar al servicio las personas pueden ver el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría y deben seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
Una vez finalizado el trámite cada monotributista debe contactar a la entidad bancaria seleccionada en un plazo no menor a las 24 horas.
Algunos bancos tienen aceitados los mecanismos para otorgar los créditos en forma virtual y otros requieren que el monotributista se presente en una sucursal.
Aquellos monotributistas que accedieron a un crédito a tasa cero en 2020 pueden volver a solicitarlo, en tanto quienes estén en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.
La normativa establece que para acceder a un crédito los monotributistas deben no prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal; no percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación; y no estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.
Fuente: Télam